Pretextos legaloides
¿Revisiones o violaciones?
Lic. José de Jesús Vázquez Hernández
La reciente muerte del joven Érick Chávez Trejo por parte de un Policía del Municipio de Zapopan a raíz de una revisión precautoria o aleatoria, ha dado mucho de qué hablar por las presuntas irregularidades en el protocolo que debe seguirse en estos casos a cargo de las autoridades policíacas en cuestión, toda vez que, de origen, las mismas son objetables y, además, prohibidas por la Constitución.
Norma superior
Los Artículos más vulnerados mediante estos arbitrarios hechos son: el Artículo 11º, que señala: “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes”.
Y el Artículo 14º previene: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento”.
El Artículo 16º reza así: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
Estos son, entre otros, los mandamientos más contravenidos al efectuar esta clase de revisiones, al azar, y en las cuales, bajo la consigna de prevenir males mayores, quienes llevan a cabo estas acciones ocasionan otros más graves, como aconteció en el caso del joven Érick, en cuya revisión, con causa o sin ella, fue privado de la vida.
Que de algo sirva
De hecho, es común, en el imaginario colectivo de los jóvenes, temerle más a los mismos policías que a los malandrines, pues consideran que, aparte de que los mismos gendarmes los protegen o están aliados con ellos, también violan los derechos de los ciudadanos, a quienes están obligados a proteger, pues para eso se les paga. Así las cosas, ese rencor o pérdida de confianza hacia tales corporaciones va en aumento.
Ante semejantes hechos, que no son el primer caso, pero que ojalá sea el último no sólo en nuestro Estado, sino en diferentes partes de la República, donde se han venido sucediendo abusos parecidos que han motivado rechazo, y que en este caso particular ha generado pena e indignación en la Sociedad jalisciense, seguramente se revisarán los protocolos y se exigirá, a quienes realizan una acción de revisión, con causa justificada, no lesionen los derechos de las personas y lo hagan con el mínimo de molestias.
Ahora que la violencia y la inseguridad permean las diferentes capas sociales, pudiera traerse a colación, en una situación como la actual, el axioma popular que señala que “el que nada debe, nada teme”, lo cual seguramente sería aplicable si hubiera confianza en nuestras Autoridades. Sin embargo, abundan quienes se han quejado de que, aun sin deberla ni temerla, les sustraen algún objeto, se les injuria y amenaza, sufren toda clase de vejaciones o se les siembra algo prohibido para justificar dichas acciones.
Lamentamos sucesos como éste y, por ahora, deseamos que este penoso acontecimiento sirva de escarmiento y, en adelante, las Autoridades pongan rigurosa atención, apliquen lo que establece la Ley, tanto a favor de las víctimas como del victimario, para que en estas tareas de revisión no existan violaciones a los elementales derechos humanos ni a los que consagra la mismísima Carta Magna.
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