Aborto:
Pbro. Roberto Ramos Godínez
Comité para el Año de la Misericordia
La Misericordia es un atributo de Dios, en cuya virtud Él se compadece por los pecados y miserias de las criaturas, las perdona y remedia. En los hombres, es una virtud que lleva a compadecerse de los demás y a imitar a su Padre Celestial. “Sed misericordiosos como vuestro Padre Celestial es misericordioso” (Lc 6, 36).
El perdón de los pecados es obra de la Misericordia Divina porque Dios no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y viva (Jer 18, 1-10). En el Nuevo Testamento, el Kerigma primitivo proclama a Jesucristo como “Jefe y Salvador” (Hech 5, 31), el cual, mediante la Muerte en la Cruz, ha realizado la Redención objetiva. El perdón de los pecados aparece en el Kerigma como una característica de la actividad del Mesías.
Por eso el perdón es la remisión de la pena merecida, de la ofensa recibida o de alguna deuda u
obligación pendiente (Diccionario de la Lengua Española); el pecado propicia todo esto.
ABORTO
La Iglesia Católica entiende por aborto la muerte provocada del feto, realizada por cualquier método y en cualquier momento del embarazo, desde el instante mismo de la concepción hasta el nacimiento. Así ha sido declarado por la Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico.
Los cristianos, si vivimos nuestra Fe, valoramos en toda su dimensión el drama del aborto como un atentado contra la dignidad sagrada de la vida. La culpa moral es que es un grave pecado porque la víctima es inocente, indefensa, y su muerte es causada precisamente por quienes tienen una especial obligación de velar por su vida.
Así, el que procura un aborto, si sabe que la Iglesia lo castiga de este modo tan riguroso, incurre en excomunión latae sententiae (inmediatamente). Además de la mujer que abortó, sufren la misma pena todos los que han prestado colaboración indispensable para que se cometiera el aborto: el Médico, el Anestesista, la Enfermera, el que facilita el dinero, el que aconsejó el procedimiento, etcétera.
Quien ha incurrido en este pecado de aborto debe acudir al Obispo o a los Sacerdotes facultados para remitir esta pena.
GRACIA ESPECIAL, APROVECHABLE
Para nosotros los cristianos, hablar de pecado es sólo para recalcar más la Misericordia de Dios. Por eso, en distintas celebraciones importantes para la Iglesia se concede una especial facultad; en este caso por el Año Jubilar de la Misericordia, a todos los Sacerdotes para que perdonen este grave pecado, y no para minimizar la gravedad, sino para resaltar que Dios perdona para sanar y para que el pecador, arrepentido, vuelva al camino de la conversión. Esta facultad se otorga exclusivamente durante el Jubileo de la Misericordia, que va del 8 de diciembre de 2015 al 20 de noviembre de 2016.
La carta del Papa a Monseñor Fisichella entiende esta Indulgencia jubilar como “una genuina experiencia de Misericordia de Dios” y de ternura del Padre, exigiendo que las personas penitentes sigan un itinerario de conversión.
Es bueno considerar la bondad y el valor evangelizador y pastoral de esta medida que el Papa concede a todos los Sacerdotes que están dentro de la Iglesia.
El arrepentimiento es la llave de la misericordia. Por eso, para este Año Jubilar de la Misericordia de Dios, Sacerdotes y fieles deben prepararse para esta gran tarea, sabiendo conjugar palabras de genuina acogida con una reflexión que ayude a comprender el pecado cometido, e indicar un itinerario de conversión verdadera para llegar a acoger el auténtico y generoso perdón del Padre, que todo lo renueva con su presencia a través de su Hijo Jesucristo y la acción del Espíritu Santo.
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